Los DBA y el Reporte BOI: ¿Se debe presentar?

10.05.2025

Una de las preguntas más provocadoras sobre el cumplimiento de la Ley de Transparencia Empresarial (CTA) se refiere a si una empresa individual que opera bajo un nombre “Haciendo negocios como” (DBA) debe presentar el Reporte de dueño Beneficiario (BOI ).

Aunque puede haber opiniones que afirmen que las DBA están sujetas a la obligación de informar, FINCEN ha dejado la respuesta inequívocamente clara y sin lugar a dudas.

Empresarios individuales y criterios de la empresa declarante

Según la CTA, una entidad puede considerarse “empresa declarante” si se crea mediante la presentación de un documento ante un secretario de estado o una oficina similar en Estados Unidos, o si es una entidad extranjera registrada para hacer negocios en EE.UU. Las empresas unipersonales, incluidas las que operan bajo un nombre DBA, no suelen cumplir este umbral. Un nombre DBA en sí no es una entidad jurídica independiente, sino un nombre comercial utilizado por un empresario individual para llevar a cabo su actividad.

Es importante destacar que la mera presentación de documentos para obtener:

  1. Un número de identificación patronal del IRS (EIN),
  2. Un nombre comercial ficticio (DBA), o
  3. Una licencia profesional u ocupacional no crea una entidad jurídica independiente. Por lo tanto, dichas declaraciones no convierten a una empresa individual en una “empresa declarante” con arreglo a la LTC.

Ejemplo de situación:

Considera el caso de “John Smith DBA Smith Landscaping”, una empresa individual que opera en Estados Unidos:

  • Actividad de registro: John Smith registra un nombre comercial ficticio (DBA) en la oficina local del condado.
  • Estructura empresarial: Smith Landscaping sigue siendo una empresa unipersonal sin constitución ni estructura de responsabilidad limitada.
  • Requisito de cumplimiento: Dado que no se presentaron documentos de constitución ante un secretario de estado u oficina equivalente, el DBA no crea una nueva entidad.

En consecuencia, Smith Landscaping no se considera una “empresa declarante” y está exenta de la obligación de informar al BOI.

Relevancia para los profesionales fiscales

Los profesionales fiscales deben actuar con diligencia a la hora de determinar si la entidad empresarial de un cliente da lugar a la obligación de informar sobre la declaración de la renta. En el caso de las empresas unipersonales que operan bajo un DBA, la consideración clave es si la entidad empresarial se constituyó mediante declaraciones formales ante las autoridades estatales. En ausencia de tales declaraciones, estas entidades suelen quedar fuera del ámbito de aplicación de los requisitos de información de la CTA.

Este análisis subraya la importancia de comprender las estructuras de las entidades y los requisitos de registro a la hora de asesorar a los clientes sobre el cumplimiento de la obligación de declarar. Para las empresas unipersonales que operan con un DBA, la respuesta es muy directa e inequívoca: sin una constitución o registro a nivel estatal, no se aplica la obligación de presentar el reporte BOI.

0