Los contribuyentes estadounidenses con vínculos internacionales suelen centrarse en si una transacción genera ingresos imponibles. Sin embargo, en el ámbito de los fideicomisos extranjeros y las donaciones extranjeras, el mayor riesgo suele ser la declaración de información, no el impuesto.
El IRS exige declaraciones detalladas cuando una persona estadounidense interactúa con un fideicomiso extranjero o recibe donaciones o herencias importantes de personas extranjeras. Los dos formularios de declaración principales son el Formulario 3520 y el Formulario 3520-A. Estos formularios pueden ser necesarios aunque no se adeuden impuestos estadounidenses, y no presentarlos puede acarrear importantes sanciones.
¿Cuándo es obligatorio el formulario 3520?
El formulario 3520 (Declaración anual para informar de transacciones con fideicomisos extranjeros y recepción de determinadas donaciones extranjeras) debe presentarlo una persona estadounidense cuando se produzca un hecho declarable durante el año fiscal.
El IRS agrupa los hechos declarables en tres categorías principales:
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- Operaciones con fideicomisos extranjeros
- Titularidad estadounidense de fideicomisos extranjeros
- Recepción de grandes regalos o herencias extranjeros
Transferencias a un fideicomiso extranjero
Si transfieres dinero o bienes a un fideicomiso extranjero, directa o indirectamente, debes declarar la transferencia en el formulario 3520. Esto incluye:
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- Contribuciones iniciales
- Adiciones posteriores
- Determinadas transferencias indirectas realizadas a través de partes vinculadas
Titularidad estadounidense de un fideicomiso extranjero
Si se te considera propietario estadounidense de alguna parte de un fideicomiso extranjero en virtud de las normas del fideicomiso otorgante (IRC §§ 671-679), debes declarar esa propiedad en el formulario 3520.
La propiedad estadounidense suele surgir cuando la persona estadounidense conserva facultades específicas o beneficios económicos descritos en dichas normas.
Distribuciones de un fideicomiso extranjero
Cualquier distribución que recibas de un fideicomiso extranjero debe declararse en el formulario 3520, independientemente de si se clasifica como renta o capital. Los beneficiarios estadounidenses están obligados a revelar información detallada sobre cada distribución.
Donaciones o herencias en el extranjero por encima de los umbrales del IRS
El formulario 3520 también se utiliza para declarar determinadas donaciones y legados extranjeros una vez superados los umbrales anuales:
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- De personas extranjeras no residentes o sucesiones extranjeras:
Sólo es necesario declarar si el total recibido de esa persona o sucesión supera los 100.000 $ durante el año. Las donaciones de personas extranjeras relacionadas deben agregarse. - De empresas extranjeras o sociedades extranjeras:
La declaración es obligatoria cuando el total de las donaciones supera un umbral anual más bajo, ajustado a la inflación, según el IRC §6039F. El importe exacto cambia cada año y lo publica el IRS en las instrucciones del formulario.
- De personas extranjeras no residentes o sucesiones extranjeras:
¿Cuándo se aplica el formulario 3520-A?
El formulario 3520-A (Declaración informativa anual de un f ideicomiso extranjero con un titular estadounidense) es una presentación anual obligatoria cuando un fideicomiso extranjero tiene al menos un titular estadounidense.
Aunque el fideicomisario extranjero tiene la obligación principal de presentar el formulario 3520-A, el IRS deja claro que el propietario estadounidense es el responsable último de que el formulario se presente a tiempo. Si el fideicomiso no cumple, pueden imponerse sanciones al propietario estadounidense.
Si el fideicomisario no presenta el Formulario 3520-A, el propietario estadounidense debe preparar un Formulario 3520-A sustitutivo lo mejor que pueda y adjuntarlo a su Formulario 3520 antes de la fecha de vencimiento del Formulario 3520.
Plazos y prórrogas
Plazo del formulario 3520
El formulario 3520 debe presentarse el día 15 del cuarto mes siguiente al final del año fiscal de la persona estadounidense (normalmente el 15 de abril para las personas físicas con año natural).
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- Si el contribuyente recibe una prórroga para su declaración de la renta, el Formulario 3520 debe presentarse a más tardar el día 15 del décimo mes (normalmente el 15 de octubre).
- Los ciudadanos o residentes estadounidenses que viven y trabajan en el extranjero reciben una prórroga automática hasta el día 15 del sexto mes (normalmente el 15 de junio), siempre que se adjunte la declaración requerida.
- El formulario 3520 no puede prorrogarse más allá del 15 de octubre, aunque se apliquen prórrogas discrecionales adicionales a la declaración de la renta.
Plazo del formulario 3520-A
El formulario 3520-A debe presentarse el día 15 del tercer mes siguiente al final del ejercicio fiscal del fideicomiso extranjero (normalmente el 15 de marzo para los fideicomisos de año natural).
La prórroga de seis meses sólo está disponible si el fideicomiso presenta el Formulario 7004 con su EIN antes de la fecha de vencimiento original. Una prórroga de la declaración de la renta individual del propietario estadounidense no amplía el plazo del Formulario 3520-A.
Conclusión
La obligatoriedad de los Formularios 3520 y 3520-A depende de hechos concretos: transferencias a un fideicomiso extranjero, propiedad estadounidense, distribuciones recibidas o donaciones o herencias extranjeras que superen los umbrales del IRS.
El formulario 3520-A añade un requisito de declaración anual independiente para los fideicomisos extranjeros con propietarios estadounidenses y funciona con sus propias normas de plazos y prórrogas. Revisar estos activadores cada año -y seguir atentamente las instrucciones del IRS- es esencial para evitar sanciones y mantener un cumplimiento fiscal internacional adecuado.
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