Aviso CP504 del IRS: Qué es y qué hacer

08.20.2025

El Aviso CP504 del IRS, también conocido como Aviso Final, es una comunicación formal que indica que el contribuyente no ha hecho frente a una deuda tributaria federal pendiente. Significa que el IRS no ha recibido el pago de un saldo de impuestos liquidado anteriormente. El contribuyente ya habrá recibido avisos anteriores, y éste indica que la situación se está agravando.

El CP504 no es un recordatorio más: es un Aviso de Intención de Embargo según el artículo 6331(d) del Código de Rentas Internas. Sirve como advertencia final antes de que el IRS emprenda acciones de cobro agresivas, como embargar las devoluciones de impuestos estatales o iniciar embargos federales. Comprender el contenido y las consecuencias del Aviso CP504 es fundamental para evitar graves repercusiones financieras.

¿Qué incluye el Aviso CP504?

    • Importe adeudado: Incluye la deuda tributaria original, los intereses y las sanciones.
    • Fecha de vencimiento: generalmente 30 días a partir de la fecha de la notificación.
    • Instrucciones de pago: Mediante métodos electrónicos, cheque o giro postal al Tesoro de EEUU.
    • Advertencias legales: Si no se toman medidas, el IRS puede embargar las devoluciones de impuestos estatales e iniciar otras medidas de ejecución.

Posibles acciones del IRS tras el CP504

Pueden ocurrir varias cosas si el contribuyente no responde, como por ejemplo:

    • Embargo de devolución de impuestos estatales: Embargo inmediato sin previo aviso.
    • Embargo federal: Sobre salarios, cuentas bancarias, cuentas de jubilación, bienes empresariales y personales, e incluso prestaciones de la Seguridad Social.
    • Gravamen fiscal federal (NFTL): Reclamación de registro público sobre todos los bienes propiedad del contribuyente, que perjudica el crédito y la credibilidad financiera.
    • Revocación o denegación del pasaporte: Para ciertas deudas tributarias gravemente morosas según el IRC § 7345.

¿Y si el contribuyente no está de acuerdo?

La notificación CP504 puede impugnarse a través de los siguientes medios:

    • Programa de Apelación de Cobros (CAP): Presenta el formulario 9423 para solicitar una revisión antes del cobro.
    • Audiencia del Debido Proceso de Recaudación (CDP): Si cumples los requisitos, solicita una audiencia conforme al artículo 6330 del IRC.
    • Solicitud de reducción de sanción o intereses: Presenta el formulario 843 o proporciona una explicación por escrito con documentación justificativa.

Los contribuyentes deben leer atentamente el aviso y reunir los registros financieros pertinentes (por ejemplo, cheques cancelados, declaraciones corregidas) antes de ponerse en contacto con el IRS.

Relevancia para los contribuyentes

El aviso CP504 es una de las últimas oportunidades para resolver una deuda tributaria antes de que el IRS ejecute el cobro por medios legales. No actuar puede dar lugar al embargo del salario, la confiscación de bienes, el deterioro del crédito y la restricción de viajes internacionales.

Tanto para los particulares como para las empresas, este aviso representa un punto de no retorno. Una vez que el IRS inicia una recaudación o presenta un embargo, revertir el proceso se hace legal y procedimentalmente más difícil. Responder con prontitud -ya sea pagando, negociando un plan de pagos o recurriendo- puede preservar la estabilidad financiera y la posición jurídica.

¡Podemos ayudarte!

El CP504 es un aviso crítico que no debe ignorarse. Si has recibido este aviso, el tiempo es esencial.

En JH Tax Law, nuestro equipo puede ayudarte a evaluar tus opciones, impugnar la postura del IRS cuando esté justificado y garantizar el cumplimiento de todos los procedimientos legales aplicables para evitar nuevas acciones de cobro. Ponte en contacto con nuestro despacho para una consulta confidencial hoy mismo.