¿Qué es la carta 3172 del IRS?
La carta 3172 del IRS, titulada formalmente “Aviso de presentación de un embargo fiscal federal y tu derecho a una audiencia según el IRC 6320″, es una comunicación oficial del IRS en la que se te informa de que se ha presentado públicamente un embargo fiscal federal. Esta acción legal se basa en el artículo 6320 del Código de Rentas Internas, y significa que el IRS está haciendo valer una reclamación legal sobre tu propiedad como medio para asegurar el cobro de impuestos federales impagados.
El embargo sirve para proteger el interés de la Administración en los bienes de un contribuyente hasta que se satisfaga la obligación o se resuelva mediante recursos legales.
¿Qué contiene la Carta 3172?
La Carta 3172 del IRS contiene información legal y de procedimiento clave:
-
- El importe total adeudado, incluidas las sanciones y los intereses devengados.
- La fecha de presentación del embargo ante el registrador local.
- Un resumen de las consecuencias jurídicas del embargo.
- Notificación del derecho del contribuyente a una audiencia del debido proceso de recaudación (CDP) en virtud del IRC § 6320.
- Instrucciones para presentar el formulario 12153, que debe presentarse en un plazo de 30 días naturales a partir de la fecha de la carta para ejercer los derechos de recurso.
¿Cuáles son las implicaciones legales y financieras de un embargo fiscal federal?
Un Gravamen Fiscal Federal tiene importantes consecuencias jurídicas y económicas. Crea una reclamación legal del gobierno contra tu propiedad actual y futura y puede obstaculizar la venta, refinanciación o transferencia de bienes inmuebles y otros activos. También puede afectar negativamente a tu informe crediticio y a tu capacidad de endeudamiento.
En casos graves, puede incluso restringir tu capacidad para obtener o renovar un pasaporte estadounidense.
El embargo permanece en vigor hasta que la deuda se paga totalmente, se vuelve legalmente inaplicable o es liberada o retirada por el IRS.
Tus derechos: La audiencia del debido proceso de cobro (PDC)
De acuerdo con los §§ 6320 y 6330 del IRC, tienes derecho legal a solicitar una revisión independiente mediante una audiencia CDP con la Oficina de Apelaciones del IRS. Esta audiencia te permite
-
- Impugnar la validez del embargo o el importe adeudado.
- Propón soluciones alternativas, como un acuerdo de pago o una oferta de compromiso.
- Demostrar dificultades económicas o errores administrativos.
Para solicitar una audiencia, debes presentar el formulario 12153 al IRS en un plazo de 30 días a partir de la fecha de notificación. La Oficina de Apelaciones lleva a cabo la audiencia independientemente de la división de cobros del IRS.
Opciones de resolución
El Código de Rentas Internas y las normativas relacionadas ofrecen varias opciones de resolución:
-
- Pago íntegro de la deuda tributaria, lo que conlleva la liberación del embargo en un plazo aproximado de 30 días.
- Contrato a plazos, por el que realizas pagos mensuales.
- Oferta de compromiso, un acuerdo de conciliación por un importe inferior al total adeudado, basado en la incapacidad de pago.
- Retirada, liberación o subordinación de gravámenes, cuando proceda y esté legalmente justificado.
Cada opción requiere documentación y una evaluación cuidadosa de tus circunstancias económicas.
Relevancia para los contribuyentes
Recibir la Carta 3172 del IRS significa que el IRS ha emprendido una acción coercitiva grave. Sin embargo, también desencadena importantes derechos del contribuyente. Si actúas dentro de los plazos legales y buscas asesoramiento jurídico adecuado, podrás eliminar o reducir el impacto del embargo, proteger tu crédito y tus bienes, y resolver tus obligaciones fiscales.
Actuar a tiempo y tener una representación legal bien informada son esenciales para proteger tus derechos.
¡Podemos ayudarte!
Enfrentarse solo a un embargo fiscal federal puede ser abrumador. En JH Tax Law, nos dedicamos a proteger los derechos de los contribuyentes y a resolver asuntos complejos del IRS, incluidos los relacionados con la Carta 3172 del IRS.
Ponte en contacto con nuestra oficina para una consulta confidencial hoy mismo.