Desafíos argumentando Causa Razonable: Caso Budde

08.20.2025

Los contribuyentes a menudo luchan por demostrar una causa razonable para evitar las sanciones impuestas por el IRS. El caso Budde contra el Comisionado examina las conclusiones recientes del Tribunal Fiscal sobre los requisitos probatorios de las defensas por causa razonable según el IRC § 6664(c). Este caso pone de relieve las estrictas normas mantenidas por el IRS y el Tribunal Fiscal a la hora de evaluar las defensas de los contribuyentes contra las sanciones relacionadas con la exactitud, especialmente por negligencia o infravaloración sustancial del impuesto sobre la renta.

 

El Tribunal Fiscal hizo hincapié en el hecho de que el solicitante no justificó las alegaciones de causa razonable con documentación suficiente, lo que condujo al rechazo de la defensa. Según el artículo 6664(c) del IRC, los contribuyentes pueden evitar las sanciones demostrando que su pago insuficiente de impuestos se debió a una causa razonable y que actuaron de buena fe. El análisis del tribunal en este caso puede resumirse como sigue:

 

  1. No demostrar la confianza en el asesoramiento profesional

El peticionario alegó haber contado con asesoramiento profesional para preparar las declaraciones fiscales. Sin embargo, el tribunal consideró que no había pruebas suficientes para demostrar que se había recibido dicho asesoramiento, y mucho menos que cumpliera los requisitos establecidos en Neonatology Associates, P.A. contra el Comisionado. Para que la confianza pueda considerarse causa razonable, el asesoramiento debe ser prestado por un profesional fiscal competente e independiente, basándose en todos los hechos y circunstancias pertinentes. La ausencia de documentación, como asesoramiento escrito o testimonio del preparador, llevó al tribunal a desacreditar esta defensa.

 

  1. Falta de diligencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales

El Tribunal observó que el contribuyente no actuó con la diligencia ordinaria para comprender o cumplir las leyes tributarias. Aunque el contribuyente alegó que los errores fueron involuntarios, el Tribunal Fiscal concluyó que la negligencia era evidente, ya que el contribuyente no aportó pruebas de que hubiera hecho esfuerzos por verificar la exactitud de las declaraciones o por corregir los errores tras recibir los avisos del IRS. Según el artículo 6662(a) del IRC, esta falta de diligencia razonable era suficiente para mantener las sanciones.

 

  1. Documentación insuficiente para justificar las reclamaciones

El peticionario no presentó documentación adecuada en apoyo del argumento de que los errores se cometieron de buena fe. Por ejemplo, los registros empresariales y las comunicaciones con los preparadores fiscales estaban incompletos o no coincidían con las deducciones y los cálculos declarados. El tribunal reiteró la importancia de mantener registros detallados para justificar las posiciones adoptadas en las declaraciones fiscales, especialmente cuando se impugnan sanciones.

 

  1. Mantener la determinación de la Oficina de Recursos del IRS

La Oficina Independiente de Apelaciones había determinado previamente que las sanciones debían cobrarse por vía de apremio, basándose en la incapacidad del solicitante para aportar pruebas de una causa razonable. El Tribunal Fiscal confirmó esta determinación, haciendo hincapié en la responsabilidad del contribuyente de aportar pruebas claras y convincentes para impugnar eficazmente las liquidaciones de sanciones.

 

Relevancia para los profesionales fiscales

Este dictamen es especialmente relevante para los profesionales fiscales que ayudan a sus clientes a defenderse de las sanciones. Subraya la necesidad de mantener una documentación sólida a la hora de asesorar a los clientes, incluidos los registros escritos del asesoramiento profesional que abordan cuestiones fiscales específicas. En cuanto a las defensas por causa razonable en virtud del IRC § 6664(c), los profesionales fiscales deben asegurarse de que sus clientes comprenden la importancia de la diligencia en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y las posibles consecuencias de la negligencia.